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Reserva online08/07/2015
Documentación obligatoria para llevar en el coche
Todos sabemos que cuando vamos a viajar necesitamos llevar el carné de conducir vigente, pero ¿qué otros documentos son obligatorios? Cada cierto tiempo es necesario revisar la documentación que llevamos en la guantera antes de ponerse en la carretera. En caso contrario, tenemos muchas más posibilidades de tener una multa.
En primer lugar, hay que llevar el carné de conducir, vigente y, muy importante, con puntos. No obstante, la cuantía de la multa por no llevar el carné es de sólo 10 euros. Ahora bien, si el permiso está caducado, la sanción asciende a 200 euros y si ha sido retirado, a 500, más la deducción de 4 cuatro puntos.
También es obligatorio llevar el permiso de circulación del vehículo, un documento expedido por la Jefatura de Tráfico y en el que se detallan las características técnicas del vehículo en el momento de la matriculación; y la Tarjeta de inspección técnica (ITV), donde se especifican diferentes parámetros como el consumo, las emisiones y el estado del vehículo en el momento de la inspección. Asimismo, es necesario colocar la pegatina de la ITV en la parte superior derecha de la luna delantera. Si no se ha realizado la inspección a su debido tiempo, la sanción asciende a 200 euros.
Aunque no es obligatorio, sí es recomendable llevar el recibo del pago del Impuesto de Circulación y la documentación del seguro del vehículo en vigor, aunque esto lo pueden comprobar fácilmente los agentes. Conducir sin seguro puede suponer una multa de entre 600 y 3.000 euros y la inmovilización inmediata del vehículo.
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